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21 Enero 2007

Monarquías del absolutismo ilustrado. Razón De Estado, por "Una Estudiante de Derecho"

Monarquías del absolutismo ilustrado

En la Europa del siglo XVIII cuando las monarquías absolutas habían alcanzado momentos de plenitud de su poder, podía establecerse una distinción entre Monarquía y Estado, pero la relación entre ambos era tan estrecha que en muchos aspectos se fundían en una única realidad. El rey encarnaba al Estado, se identificaba con él, era su cabeza, su principal servidor y se consideraba con la autoridad, con el derecho y también con el deber de obrar de acuerdo con lo que pensaba que era la conveniencia del Estado. La idea del monarca como primer servidor del Estado, identificado con él es fundamental en las Monarquías del Absolutismo Ilustrado. Uno de los soberanos que mejor la supo formular fue Federico el Grande. En su ensayo sobre las formas de gobierno y sobre los deberes de los soberanos, escribía: El soberano está sujeto por lazos indisolubles al cuerpo del Estado... No tiene más que un bien, que es el del estado general... El soberano representa al Estado: él y sus pueblos no representan más que un cuerpo, que no puede ser feliz mas que mientras la concordia los une. El príncipe es a la sociedad que gobierna lo que la cabeza es al cuerpo: debe ver, pensar, obrar para toda la comunidad, a fin de procurarle todas las ventajas... Si es el primer juez, el primer general, el primer financiero, el primer ministro de la sociedad, no es por lo que representa, sino con el fin de cumplir sus deberes. No es más que el primer servidor del Estado, obligado a obrar con probidad, con sabiduría, y con total desinterés, como si en cada momento debiera rendir cuentas de su administración a sus conciudadanos.

Bajo el amparo de estos presupuestos tuvo lugar uno de los casos mas notables de la aplicación de razón de Estado hasta sus últimas consecuencias en la España del siglo XVIII, expresión del Estado del absolutismo ilustrado, en su doble vertiente, expresión de poder absoluto, que no toleraba ningún otro poder que le pudiera hacer sombra, pero manifestación también de la convicción profunda en la necesidad de abrir paso a las luces, apartando los obstáculos que pudieran frenar las reformas ilustradas, la expulsión de los Jesuitas de España 1767,medida necesaria para la salvación del Estado.

El supuesto planteado cumple todas las condiciones de la Razón De Estado:

*La Razón de Estado designa el imperativo en virtud del cual se autoriza al poder a transgredir el Derecho, la ley positiva a favor del bien común, del interés general o del bien público. Por eso en caso de conflicto entre los intereses del Estado y otros intereses o bienes jurídicos, prevalece el interés del Estado aunque para ejecutarlo deba vulnerarse la legislación positiva e incluso la formación moral.
*La necesidad de una acción ilegal/inmoral que se puede legalizar.
*La justificación de los medios en virtud de un bien superior. Maquiavelo “… en las deliberaciones en que está en juego la salvación de la patria no se debe guardar ninguna consideración a lo justo o lo injusto, lo piadoso o lo cruel, lo laudable o lo vergonzoso, sino que, dejando de lado cualquier otro respeto, se ha de seguir aquel camino que salve la vida de la patria y mantenga su libertad.”
*El secreto no representa engaño sino actuación que precisa ocultación para su ejercicio.

Con esta exposición quiero hacer ver como en pro del lo que en aquel momento se dio en llamar “la salvación del Estado” se hizo una utilización perversa del poder cuyo único valedor era el Monarca. En aquellos tiempos cualquiera que produjera una revolución en el pueblo que trajera como consecuencia no ya su desobediencia al Monarca sino tan solo su cuestionamiento constituía un grave peligro para la estabilidad del Estado. Si extrapolamos esto a nuestro tiempo cualquier acción seria valida bajo el amparo de la misma expresión “salvación del Estado”.

Hoy estamos en un Estado de derecho democrático y social y por tanto la justificación de los presupuestos definitorios de la Razón de Estado serían contrarios a la esencia del mismo:

*No cabe hacer primar el interés general sobre el individual pues, de un lado, ello contradice el sistema de libertades y garantías político-liberal y de otro lado, exige asumir una concepción fuerte, injustificada y poco materializable de la comunidad en sentido orgánico.

*Existe una contradicción interna y de presupuestos políticos en la afirmación de la posibilidad de legalizar lo que el mismo Estado de Derecho considera ilegal o inmoral.

*Bobbio Democracia: “el gobierno del poder visible, el gobierno del poder público en público.” La democracia en cuanto se sitúa en la esfera de la política, esto es de la cosa pública, tendría como regla general la transparencia, el principio de publicidad como condición del conocimiento/información, sin el que no es posible, de un lado la participación de quienes son titulares del poder y de otro, el control de quien lo administra en su nombre.

*El fin no justifica los medios. La Razón de Estado puede llegar a justificar acciones transgresoras necesarias a la consecución de seguridad y autonomía de la comunidad. Así por ejemplo los medios inevitablemente sangrientos que se utilizan en una guerra defensiva, supuestamente producto de una agresión o posible agresión exterior, tratan de ser justificados mediante la apelación a la seguridad del Estado y a la autodefensa de la comunidad. El argumento de que el fin justifica los medios atenta contra el respeto a las libertades y la integridad individual y justifica medidas y consecuencias inaceptables como puede ser el castigo predictual

*Sisela Bok Secreto: “un conocimiento intencionadamente separado, un conocimiento que se reserva a unos pocos y excluye a los demás.” Lo que constituye al secreto es la derogación del principio general de conocimiento, una derogación que se advierte a si misma como excepcional. El secreto sería pues la noción del núcleo mismo del ideal democrático de la igualdad de condiciones en el conocimiento para que todos participen de forma paritaria en el poder. Montaigne dice: “Si el bien público requiere que se traicione, que se mienta y se masacre dejemos tales encargos a gentes más obedientes o más flexibles.” El secreto contradice los presupuestos políticos del Estado de Derecho, su publicidad, la posibilidad de controlarlo y la interdicción de la arbitrariedad. El engaño y la mentira son rápidamente rechazados alegando su ilicitud, pero el secreto puede implicar un engaño, una mentira, ya que no se puede controlar su entidad por lo que todos son potencialmente maliciosos.

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9 comentarios · Escribe aquí tu comentario

carolina

carolina dijo

hola necesito por favor que me respondan algo
o me envien un resumen para realizar un trabajo que tengo para el jueves 22 de febrero del 2007.

necesito resumido EL SIGLOS XVIII LOS ESTADOS EUROPEOS Y EL ORDEN SOCAIL DEL SIGLO XVIII.

PORFAVOR AYUDENME NECESITO ESO URGENTE.... GRACIAS NECESITO SACAR BUENA NOTA, DISCULPEN LAS MOLESTIAS.

20 Febrero 2007 | 07:32 PM

piiiiiiiii

piiiiiiiii dijo

tonta jijiji komo ke nadie te respondio jojojojo
eso ess pk tuh prgunta es mui fomee adiozz idiota 88!

19 Noviembre 2007 | 08:20 PM

Brenda Reyes Díaz

Brenda Reyes Díaz dijo

TODO ESTE ROLLO DE LA HISTORIA ME PARECE SUPER INTERESANTE YA QUE TE AYUDA A COMPRENDER EL MOTIVO POR EL CUAL EN LA ACTUALIDAD SE VIVE COMO SE VIVE QUE SERIA GRACIAS A LAS DECICIONES QUE LOS ANTEPASADOS GOBERNANTES MANEJARON , MAS ALLA DE NUESTRA FORMA DE GOBIERNO ME REFIERO A LA FORMA DE PENSAR DEL MEXICANO.
MI COMENTARIO SOBRE LA PAGINA SERIA QUE HUSARAN MAPAS CONSEPTUALES YA QUE ASI SE PODRIA RESUMIR LO QUE QUIEREN DAR A ENTENDER Y PARA LOS ESTUDIANTES DE SECU COMO YO LA CAPEARAMOS MAS.

27 Marzo 2009 | 12:52 AM

brenda

brenda dijo

yo nesesito que porfa me ayuden a saber sobre los reyes absolutistas ilustrados

11 Noviembre 2009 | 12:45 AM

brenda

brenda dijo

yo nesesito que porfa me ayuden a saber sobre los reyes absolutistas ilustrados

11 Noviembre 2009 | 12:45 AM

carolina

carolina dijo

yo quiero que me ayuden a encontrar novio

11 Noviembre 2009 | 12:48 AM

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